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CFDI Complemento de pago y su facilidad de evitarlo

Podrás evitar hacer el CFDI complemento de pago, descubre como hacerlo y en que situación tienes que hacer estos nuevos CFDI.

El 1 de julio del 2018 esta en vigor el CFDI complemento de pago, aunque se volvió obligatorio el 1 de septiembre. Los CFDI de ingresos que no sean pagados al momento de la expedición deberá ser llenados con forma de pago 99 (por definir) y PPD (pago en parcialidad o diferido), estos son a los que se les realizará un CFDI de recepción de pago cuando sea cubierta en una sola exhibición o una parcialidad. Tendrán hasta los 10 primero días del mes posterior en el que recibieron el pago para generar este CFDI.

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El SAT da facilidad de realizar un solo complemento por varios pagos, aunque estos no sean de la misma factura la única condición es que sea hacia el mismo receptor. También da la facilidad de no emitir el complemeto de pago si conocen cómo se pagará el CFDI. En este caso el llenado del CFDI será el siguiente.

1.- En forma de pago podrán la opción en el que será cubierto el pago.

2.- En método de pago podrán PUE (pago en una sola exhibición), para informar al SAT que el CFDI esta pagado, aunque no lo este al momento de su emisión.

3.- El CFDI emitido deberán estar pagando en su totalidad a más tardar el día 17 del mes posterior al que se emitió.

Si esta no es cubierta antes del 17 del mes posterior tendrá que ser cancelado para volver a emitirse relacionando el CFDI que no se pago a este nuevo CFDI con PPD (pago en parcialidades o diferido) y 99 (no identificado), para después emitir el complemento de pago del CFDI vigente cuando sea liquidado o pagado en parcialidades.

Si la forma de pago legarán a cambiar por cualquier motivo, se emitirá un nuevo CFDI sustituyendo al erróneo y cancelando el CFDI anterior.

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